Guatemala: Congreso penaliza el aborto y prohíbe el matrimonio homosexual


El Congreso de Guatemala aprobó este pasado martes una ley que penaliza el aborto y rechaza el matrimonio homosexual en el país.
Con 101 votos a favor, 8 en contra y 51 ausentes, los diputados dieron vida a la ley 5272, un documento que consta de 21 artículos y que fue presentado desde 2017. La misma establece:
“la protección del derecho a la vida, la familia, la libertad de conciencia y expresión, la institución del matrimonio entre un hombre y una mujer, además del derecho de los padres a orientar a sus hijos en su sexualidad”.
En el caso del aborto, la Ley en Guatemala establecía penas de 1 a 3 años de prisión para las mujeres que abortaran. Con esta nueva ley, las penas para el aborto aumentaron desde los 5 hasta los 25 años de prisión.
El Artículo 15 dicta que la educación sexual debe estar a cargo de los padres y prohíbe que las escuelas públicas o privadas promuevan educación relativa a la sexualidad:
“Se prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas, promover en la niñez y adolescencia, políticas o programas relativos a la diversidad sexual y la ideología de género o enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad o que sean incompatibles con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano”.
En cuanto al artículo 16 y al artículo 17, se prohíbe el matrimonio homosexual y también, a partir de ahora las parejas que no estén unidas en matrimonio, no sean tomadas como uniones válidas.
“Ninguna persona podrá ser perseguida penalmente por no aceptar como normal la “diversidad sexual” o la “ideología de género”, siempre que no hubiere infringido disposición legal alguna o hubiere atentado contra la vida, la integridad o la dignidad de las personas o grupos que manifiesten conductas y prácticas distintas a la heterosexualidad”, Artículo 18.
Grupos en contra se expresan sobre la medida


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