Departamento de Educación de Puerto Rico ¿Oficializa la Perspectiva de Género?


En estos días y gracias a que una amiga me envió el documento, me enteré de la nueva carta circular del Departamento de Educación (018-2022-2023) con el propósito de combatir el “bullying” en los entornos escolares. Al leerla me pude percatar de que insertan unas cosas dentro de otras y se observa la obsesión con el concepto género para justificar la naturaleza del documento. En primer lugar, esta carta menciona la Ley 85 del 2018 de la Reforma Educativa en su artículo 9.07 con relación al acoso escolar o “bullying”. Sin embargo, la administración Pierluisi Urrutia intercala una orden ejecutiva, (OE 2015-012) del exgobernador Alejandro García Padilla para prevenir el “bullying” exclusivamente por las razones de orientación sexual e identidad de “genero”. Entonces me pregunto ¿Qué fue lo que pasó aquí? La Ley 85 del 2018 no contiene el concepto del “género” o identidad de “género” por ningún lado. Aquí vemos como el gobernador Pedro Pierluisi recurre a una orden ejecutiva del 2015 producida por otro gobernador para adjuntar el concepto del género y posteriormente justificar iniciativas que contengan esta ideología en el departamento de Educación.
En el punto donde la carta circular define al “bullying”, se observa la mezcolanza que ha efectuado el Departamento de Educación entre el contenido de la Ley 85 -2018 de la Reforma Educativa y la exposición de la orden ejecutiva del 2015. Esto podría prestarse para confundir y mostrar la definición del “bullying” como un contenido exclusivo de la Ley 85 cuando realmente no lo es. Me pregunto sobre las repercusiones legales de esta falacia. Sin embargo, a primera vista puede ser cuestionable la combinación de la utilización de una Ley con una orden ejecutiva para defender un enfoque ideológico con el objetivo de combatir el “bullying”.
Me pregunto si las intenciones del Departamento de Educación es el objetivo continuo de oficializar un currículo de perspectiva de género en el currículo escolar con el apoyo de esta carta circular confusa. Además, todavía existe la carta circular #24- 2016-2017 que “establece política pública sobre trato igualitario para estudiantes transgéneros” con el fin de evitar el discrimen por orientación sexual e identidad de “genero”. Esta última carta también fue de la administración García Padilla y no fue derogada por su sucesor el exgobernador Ricardo Rosselló.
Vemos claramente como las últimas administraciones de gobierno en Puerto Rico han impulsado el enfoque del “género” para justificar la prevención del “bullying” especificando solamente la prevención hacia un solo supuesto sector de la comunidad escolar. Digo supuesto porque estas cartas circulares y la orden ejecutiva están etiquetando a menores de edad bajo la premisa del género. Les recuerdos que estamos hablando de niños que se encuentran en varias áreas de desarrollo (físico, mental, emocional, social). Establecer una categoría en los menores de edad como algo inmutable y permanente para empezar es un grave error. Los expertos en el tema indican que no todos los niños que expresan alguna orientación sexual homosexual o que no son binarios, mantendrán estas expresiones hasta la adolescencia y la adultez. De modo que el Departamento de Educación debe tener cautela en lanzar etiquetas o diagnósticos rápidos y deterministas dando por sentado que así será el comportamiento futuro de los menores.
Por otro lado, estos documentos privilegian a unos estudiantes por encima de los otros. Establecen que el “bullying” únicamente ocurre en estos grupos. Los datos científicos indican que la mayor prevalencia de “bullying” en las escuelas es por la obesidad y luego por alguna condición de salud mental como el trastorno del espectro autista. Debemos tener cautela y precaución en impulsar el enfoque del género que no ha probado científicamente su efectividad en la eliminación de la violencia y el “bullying”. La evidencia ha probado que entre los currículos que podrían ayudar en la erradicación del “bullying” son los que contienen temas sobre la formación del carácter, la inteligencia emocional y las habilidades sociales. Me pregunto ¿Cuál es el empeño del Departamento de Educación que en los últimos años se ha obsesionado con los intentos de implementar el fracasado enfoque de la perspectiva de género? ¿Será una razón de ganancias secundarias sobre acuerdos colaborativos? ¿Será una cortina de humo dizque para combatir el “bullying”?
Al momento que nos encontramos en los días finales de clases en el Departamento de Educación de Puerto Rico, los padres tienen que abrir bien los ojos y proponerse desde ya una mayor conexión con sus hijos. Que este tiempo sirva para revisar y reflexionar con ellos las situaciones y temas que pudieron llamarle la atención con relación al asunto del género. Les recomiendo a los padres empaparse con el contenido de la Ley85 de la reforma educativa. También les sugiero que revisen la carta de derechos del niño contenida en la Ley 338 del 1998, específicamente los puntos número 18 y 21. En el tiempo de vacaciones, dialoguen sobre los valores que tienen como familia y que se atempere con el contenido de la Ley 85. También busque las cartas circulares mencionadas en este escrito para su conocimiento y posterior acción.
Carta circular del Departamento de Educación (018-2022-2023)
CARTA-CIRCULAR-NUM.-18-2022-2023-FIRMADO
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